Guía paso a paso para los primeros momentos, los trámites necesarios y los plazos legales en Huelva.
Perder a un ser querido es uno de los momentos más duros de la vida. Esta guía le explica con calma todos los pasos que hay que dar, los trámites legales y los plazos para que sepa exactamente qué hacer.
Lo que tiene que hacer depende del lugar donde se haya producido el fallecimiento:
Una vez que usted llama a Funerarias Huelva, todos los pasos siguientes los gestionamos nosotros. La familia no tiene que ir a ningún sitio salvo, si lo desea, al velatorio o sepelio.
Durante el proceso, la familia debe decidir solo algunas cosas. Le ayudamos a elegir:
Es la primera y más importante decisión. Si no hay testamento ni voluntad expresa del fallecido, la familia decide. Hoy en día más del 50% de los fallecimientos en España son por cremación.
El velatorio es un espacio de despedida familiar que dura entre 4 y 18 horas. No es obligatorio pero suele ayudar al proceso de duelo. Le ayudamos a decidir según las necesidades de la familia.
Si el fallecido era practicante religioso, normalmente se respeta. Si la familia desea una ceremonia civil, también lo coordinamos con oficiante.
Si la familia tiene nicho propio, lo usamos. Si no, le orientamos sobre las opciones en cementerios de Huelva: La Soledad (capital), municipales de Punta Umbría, Aljaraque, Moguer, etc.
Algunos plazos son obligatorios por ley. Esto lo gestionamos nosotros, pero es bueno que la familia los conozca:
Es el documento que firma el médico que constata la defunción. Sin él no se puede hacer ningún otro trámite. Plazo: inmediato.
El fallecimiento debe inscribirse en el Registro Civil del lugar donde ocurrió. Plazo: dentro de las 24 horas posteriores al fallecimiento. La inscripción genera el certificado literal de defunción, documento que la familia necesitará para muchos trámites posteriores.
Por ley, la inhumación o cremación debe realizarse tras un mínimo de 24 horas desde el fallecimiento (salvo casos médicos específicos).
Tras el fallecimiento, la familia tendrá que dar de baja al fallecido en:
Estos trámites posteriores no son urgentes (suelen tener plazos de meses) y la familia los puede hacer con calma. Le orientamos sobre cuáles y cómo.
Para gestiones posteriores (herencia, pensiones de viudedad, anulación de cuentas, etc.) la familia necesitará:
Le entregamos toda la documentación que generamos como parte del servicio funerario, junto con orientación sobre los siguientes pasos.
Aceptamos pago por transferencia, tarjeta o efectivo. Si la familia tiene seguro de decesos, gestionamos el cobro directo con la aseguradora. Si necesita financiación, consúltenos opciones.
Habitualmente lo paga la familia con cargo a la herencia. Los gastos funerarios son considerados gastos preferentes y se descuentan antes del reparto.
La Seguridad Social ofrece un "auxilio por defunción" de aproximadamente 46€ (cifra simbólica). Si el fallecido cotizaba, la viuda/o o hijos pueden tener derecho a pensión. Consulte con la Seguridad Social.
Cuidar la salud emocional tras una pérdida es importante. Si necesita apoyo:
Nuestro teléfono está activo 24h. Solo tiene que llamar.